La Dirección General de Tributos se pronuncia acerca de la tributación de las sociedades civiles y comunidades de bienes, tras las novedades previstas para enero de 2016.

0
1826

Publica 22 consultas vinculantes, de fecha 28 y 30 de julio de 2015, resolviendo dudas acerca de la nueva tributación, a partir del 1 de enero de 2016, de las sociedades civiles y comunidades de bienes.

Instrucción de la Agencia Tributaria (AEAT) aclaratoria sobre Tributación de Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes.

La AEAT aclara las cuestiones a tener en cuenta para determinar ante qué tipo de entidad nos encontramos a efectos de saber la posible tributación al Impuesto sobre Sociedades. Especial relevancia adquiere esta aclaración en relación a delimitar la diferencia entre sociedad civil y comunidad de bienes a estos efectos

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2376-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes dedica al asesoramiento jurídico, laboral, fiscal y contable.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2377-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Sociedad civil particular profesional, que desarrolla la actividad profesional prevista en el epígrafe 731 de la sección segunda de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2378-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Sociedad civil que realiza la actividad de venta menor de juguetes y artículos de deporte, encuadrada en el epígrafe 659.6 del Impuesto sobre Actividades Económicas

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2379-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Sociedad civil que realiza la actividad de fabricación de artículos de carpintería metálica encuadrada en el epígrafe 314.1 del Impuesto sobre Actividades Económicas

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2380-15 – 28/07/2015

Si la actividad agrícola tiene la consideración de objeto mercantil y por tanto la entidad consultante debe tributar como contribuyente del Impuesto sobre Sociedades.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2381-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Sociedad civil que desarrolla la actividad de ganadería, dedicándose a la explotación de ganado vacuno de leche así como la venta de terneros procedentes de dicha actividad.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2382-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de “otros cafés y bares”.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2383-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de comercio al por mayor de productos de papel, plástico y cartón.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2385-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de reparación de aparatos electrónicos.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2386-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de óptica.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2387-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la explotación de paneles solares para la producción de energía eléctrica.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2388-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de servicios de instalación de material de iluminación y sonido en espectáculos.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2389-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de exposición y venta de lámparas.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2390-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de venta de productos de bollería y panadería

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2391-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de hostelería.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2392-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante será sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades: Sociedad civil que se dedica a prestar servicios de propiedad inmobiliaria, obteniendo una comisión por la intermediación, encuadrada en el epígrafe 834 de la sección primera del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2393-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes formada por un padre y sus tres hijos, propietarios pro-indiviso de una embarcación de pesca, que desarrolla la actividad de pesca costera.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2394-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes formada por dos hermanos, que desarrolla la actividad de comercio al por mayor de productos de perfumería y cosmética.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2395-15 – 28/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad profesional de abogacía.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2412-15 – 30/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Sociedad civil particular, cuya actividad principal consiste en el asesoramiento fiscal y contable, prevista en el epígrafe 842 de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2430-15 – 30/07/2015

Si la entidad consultante debe tributar por el Impuesto sobre Sociedades: Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene, epígrafe 652.1 del Impuesto sobre Actividades Económicas

Dirección General de Tributos – Consultas Vinculantes – V2431-15 – 30/07/2015

Si la entidad consultante será sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades, por considerar que la mera titularidad de inversiones en instrumentos financieros constituye un objeto mercantil.