La rebaja del IRPF, la supresión de la deducción por alquiler o el borrador web de la renta para todos los contribuyentes son algunas de las novedades de la Campaña de la Renta 2015.
El próximo 6 de abril arranca la campaña de la Renta 2015, que finaliza el 30 de junio. Éstas son algunas de las novedades de este año.
1. Rebaja del IRP en dos fases
La campaña de la renta de 2015 recoge la rebaja en dos fases del IRPF aprobada por el PP: la primera, que entró en vigor el 1 de enero de 2015, y una segunda que se volvió a rebajar en julio, con lo que se adelantó en 6 meses la rebaja prevista a partir del 1 de enero de 2016.
La tarifa de 2015 va desde el tipo mínimo del 19,5% para las rentas inferiores a 12.450 euros hasta el marginal del 46% para las rentas que superen los 60.000 euros anuales.
2. Supresión de la deducción por alquiler
En este ejercicio también está ya en vigor la supresión de la deducción por alquiler, aunque hay un régimen transitorio para los alquileres de vivienda efectuados antes de 2015, con lo que la supresión sólo afectará a los nuevos arrendamientos.
3. Supresión de la reducción por afiliación a partidos políticos
Este año se recoge la supresión de la reducción sobre la base imponible por cuotas de afiliación y demás aportaciones a partidos políticos. A partir de ahora darán derecho a una deducción del 20%, con una base máxima de 600 euros anuales.
4. Borrador web para todos, salvo para actividades económicas
En esta campaña también se pone en marcha el nuevo sistema denominado ‘Renta web’, al que se accederá en la sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT). Se ofrece la posibilidad de realizar una declaración similar al de la confirmación del borrador que hay ahora, evitando problemas de descarga del programa PADRE. Se amplía a todos los contribuyentes excepto para rentas de actividades económicas, que tendrán que seguir recurriendo al PADRE. Cualquier contribuyente que quiera seguir presentando su declaración por este sistema podrá seguir haciéndolo, no obstante.
La AEAT seguirá remitiendo al domicilio la propuesta de declaración en papel, salvo en el caso de las propuestas parciales que deben ser completadas, en cuyo caso se seguirán remitiendo los datos fiscales.
Para obtener el número de referencia que permite acceder al borrador o datos fiscales hay que comunicar el número de identificación fiscal, el importe de la casilla 490 de la declaración del año 2014 y el número de móvil en el que desean recibir por SMS el número de referencia.
5. Obligación de declarar
Se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador, la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros).
En cambio, ee eleva a 12.000 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aun teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, doble imposición internacional o reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
6. Nuevo límite de al exención por indemnización por despido
Se crea un nuevo límite de 180.000 euros de la exención por indemnizaciones por despido o cese del trabajador a los despidos que se produzcan desde el 1 de agosto de 2014, los despidos derivados de ERE o despidos colectivos cuando el ERE se haya aprobado o el despido colectivo se haya iniciado antes de 1 de agosto de 2014.
7. Nuevas deducciones por familia numerosa y discapacitados
Se crean nuevos impuestos negativos a favor de contribuyentes que realicen una actividad económica por cuenta propia o ajena integrados en una familia numerosa, o con ascendientes o descendientes discapacitados a cargo del contribuyente. El límite por cada una de las deducciones serán sus cotizaciones sociales.
Podrá solicitarse el abono anticipado de las nuevas deducciones por familia numerosa y por personas con discapacidad a partir de enero de 2015.
*Estas medidas son aplicables en la declaración de RENTA 2015, que se presentará en abril, mayo y junio de 2016, pero no afectan a la declaración de RENTA 2014, a presentar en abril, mayo y junio de 2015.
Noticia extraída de: expansión.com