Cómo reducir la sanción tributaria de un autónomo

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Recibir una notificación de Hacienda casi siempre es motivo de preocupación, más aún cuando el contenido de la misiva reza Acuerdo de iniciación y comunicación del trámite del expediente sancionador. Con este título plagado de terminología y de difícil comprensión Hacienda comunica lo que, en el argot de andar por casa, entendemos como procedimiento sancionador  posterior a la liquidación que ya habrás recibido con motivo de una comprobación tributaria.

Por tanto, una comprobación tributaria puede acabar en sanción. En este caso no solo habrás hecho frente a la deuda que Hacienda consideró que no le ingresaste en el momento sino que tendrás que asumir también la propia sanción. Asumir o no. Ahora lo veremos.

¿Qué posibilidad hay de evitar la multa?, ¿y de reducir la sanción tributaria?

Reducir una sanción tributaria para economizar

Hazte a la idea de que, por regla general de la multa no te salvas, a no ser que resulte demostrable en los trámites de alegaciones que te facilita Hacienda o en un recurso posterior que no ha habido intencionalidad o culpabilidad cuando has dejado de pagar a Hacienda la cantidad liquidada. Ahora bien no todo está perdido. Si efectivamente has recibido la notificación de la Agencia Tributariapárate a leer este artículo antes de llevarte las manos a la cabeza.

Aunque con toda probabilidad vas a tener que hacer frente a la sanción que te exige Hacienda, ésta te da un margen de tiempo para mostrarte conforme con tu falta de rigurosidad, desintencionada presumimos siempre, enmendar el error y reducir el impacto económico que la sanción derivada pueda tener en tu bolsillo y el de tu negocio.

Comprobaciones tributarias, inspecciones,trámite de expediente sancionador…. la mejor manera de no enfrentarte ante todo eso que a continuación explicamos es evitándolo. ¿Cómo?Te preguntarás. Llevando una impecable gestión contable y fiscal de tu negocio y contando con una asesoría online para ello.

Reducir una sanción tributaria al 30%por conformidad

Efectivamente la posibilidad de aplicarte reducción alguna en el importe de lasanción depende de tu predisposición a entrar por el aro o no; dicho de otro modo, depende de mostrar conformidad o disconformidad con la deuda derivada del procedimiento sancionador.

En caso de que asumas el hecho que ha causado el trámite y aceptes la propuesta de imposición de sanción habrás de pagarle a Hacienda la multa reducida en la siguientes cantidades:

  • En un 30% si estás conforme con la liquidación original.
  • En un 25% adicional sobre la cantidad ya rebajada si además  ingresas la sanción en el plazo indicado por Hacienda y tampoco recurres ni la sanción ni la liquidación.  Y es que el tiempo apremia.

¿Y en caso de disconformidad del autónomo ante una sanción?: Recurso de reposición o reclamación económica-administrativa

Si no estás conforme con la resolución de Hacienda y no han surtido efecto tus alegaciones durante el procedimiento sancionador puedes dar un paso adelante e interponer un recurso de reposición o una reclamación económica-administrativa, instrumentos con los que cuentas como autónomo, como contribuyente y como ciudadano para recurrir las decisiones de la Administración Pública Tributaria.  A continuación te damos respuesta a algunas de las preguntas que pueden surgir a la hora de interponer un recurso de reposición o una reclamación económica administrativa.

Cuándo se tramita el recurso de reposición o reclamación económica-administrativa

Cuentas con un plazo de un mes contado a partir del día siguiente la notificación del acto recurrible.

Cuál es el estado de la sanción al iniciar un recurso de reposición

Cuando se interpone un recurso de reposición o REA sobre una sanción se suspende automáticamente la ejecución del acto sancionable hasta que se emita resolución.

¿Se mantiene el derecho a reducción de sanción tributaria?

No, en el momento en que se recurre la sanción se pierde el derecho a la reducción del 25% de la misma que se aplica únicamente en caso de conformidad con el pago de la sanción según la ley General Tributaria. De esta manera si la resolución falla en tu contra tendrás que hacer frente a la totalidad de la sanción.

¿Se puede recurrir la resolución del recurso?

Claro que sí. Si continúas disconforme con la resolución tu siguiente paso sería interponer una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo.

Noticia extraída de: infoautonomos.eleconomista.es