Sentencia que abre más puertas
Tras la reciente sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid, que considera abusivas las cláusulas suelo impuestas por unas cuarenta entidades financieras a los clientes que participan en la demanda colectiva interpuesta por ADICAE, ¿van a quitar todos los bancos las cláusulas suelo de todos sus clientes?
En primer lugar, destacar que esta sentencia de primera instancia, va a ser recurrida por al menos una de las entidades demandadas, Banco Sabadell, ante la Audiencia Provincial de Madrid. Los clientes afectados, por tanto, deberán esperar a que se pronuncie la Audiencia Provincial. Por otro lado, el Juzgado de lo Mercantil no dice nada nuevo a lo ya dictaminado el Tribunal Supremo (TS) en su famosa sentencia de 9 de mayo de 2013, consecuencia de un recurso interpuesto por AUSBANC, que consideró que dichas cláusulas suelo no superaban el control de transparencia reforzado. Simplificando, que el hipotecado no podía llegar a comprender intelectualmente la naturaleza y carga económica de estas condiciones generales de la contratación. El control de transparencia, una garantía para el consumidores, supone la obligación en abstracto de que las cláusula suelo se redacten de forma clara y comprensible, sin estar escondidas en el clausulado del préstamo y sin que el banco relativice su importancia y coste.
En el caso de que el afectado por una cláusula suelo sea un autónomo o empresa, por otro lado, esta doctrina jurisprudencial del TS no le sería aplicable, si se considera que no son consumidores. Para conseguir que les quiten la cláusula deberán ir por otro vía, el incumplimiento del control de incorporación o de transparencia documental, si la entrega de la documentación establecida por la normativa bancaria no fue correcta.
Cualquier hipotecado que contrató un préstamo con cláusula suelo sin entender su importancia o conocer su existencia, puede exigir a su banco que elimine la cláusula y le devuelva las cantidades pagadas de más, desde el 9 de mayo de 2013 hasta la fecha. Si ya lo ha pedido en su sucursal, muy probablemente le hayan denegado su petición: acuda a un abogado para que le informe de sus posibilidades de demandar al prestamista díscolo.
Lo más importante, día 26 de abril
Tanto los afectados de ADICAE como los demás clientes que tienen una demanda en trámite sin sentencia firme, además de los usuarios financieros que aún no han hecho ninguna gestión, han de tener marcada en su agenda el día 26 de este mes. En esta trascendental fecha se produce la vista del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo, también a raíz de una iniciativa judicial de AUSBANC. El TJUE se ha de pronunciar sobre si la limitación a los efectos de la nulidad aplicados por el TS se ajusta a la normativa europea, es decir, si cuando una cláusula suelo es considerada abusiva por un tribunal, los intereses pagados de más se computan desde mayo de 2013 o, como establece nuestro artículo 1.303 del Código Civil, desde la firma de la hipoteca.
Si el fallo fuera a favor de los intereses del ciudadano con hipoteca, camino marcado por la Comisión Europea, el escenario cambiaría. No es previsible que los bancos de forma masiva quitasen las cláusulas suelo y devolvieran cantidades pagadas de más, ya que estas condiciones generales no son ilegales. Sin embargo, no es descabellado pensar que la gran mayoría quitaría los suelos, pero sin devolver cantidades. La vía para conseguir que abonen cantidades pasaría por la demanda judicial.
A los hipotecados que ya demandaron a su banco y tienen sentencia firme (no recurrible), desgraciadamente no les afectará el fallo del TJUE, ya que su caso es cosa juzgada. Los que no han demandado o su procedimiento judicial sigue en marcha, muy atentos a Cinco Días: el 26 de este mes sabremos si nuestro TS se pasó de frenada y cuánto dinero “deben” los bancos a sus clientes.
Noticia extraída de: cincodias.com